Revocan el acta de mayoría del candidato del Partido del Trabajo en Uxpanapa.
Los hechos de violencia, la privación ilegal de la libertad, amenazas y vejaciones en contra de los consejeros municipales fueron los detonantes para invalidar el conteo municipal.
Martes 15 de Agosto del 2017. La Chinantla, Poblado 10, Uxpanapa Veracruz.
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Hoy martes 15 de agosto del año en curso, el Tribunal Electoral de Veracruz sesionó para resolver 5 recursos de inconformidad entre los cuales destacaban el perteneciente a nuestro municipio, Uxpanapa Veracruz, donde el candidato del Partido Nueva Alianza, reclamaba como suya la victoria en las pasadas elecciones locales.
El primero de los recursos que se desahogó en esta sesión fue el numero 166 referente a Uxpanapa, donde el partido Nueva Alianza impugno el resultado del cómputo de las elecciones a presidente municipal, aduciendo que los paquetes electorales fueron manipulados en su recepción en el Consejo Municipal.
Durante la ponencia de dicho recurso de inconformidad, también se subrayó que otro aspecto que se tomaría en cuenta para la resolución de dicho asunto, serían los Informes rendidos por diversas personas que forman parte de los órganos electorales local y federal (OPLE Municipal y el INE) y que de dichos informes se desprende que en la madrugada del 5 de julio personas externas estuvieron indebidamente en la bodega del consejo municipal, donde se encontraban los paquetes electorales.
También se expuso que la madrugada del 5 de julio se privó de la libertad a los consejeros del OPLE municipal, representantes de los partidos, así como también al representante del órgano electoral federal, el comisionado del INE.
El Tribunal Electoral de Veracruz hizo mención a las discrepancias de los votos que se tenían en las actas de cómputo y escrutinio de las casillas y en el segundo computo donde hacen que los votos del partido Nueva Alianza disminuyan considerablemente, y que además los votos nulos aumentan desproporcionadamente y que por el contrario, el Partido del Trabajo los votos quedan exactamente igual en ambas actas, la del primer cómputo y la del nuevo conteo.
El tribunal por último tomo en cuenta todas las denuncias en autos, informes y videos, de la privación de la libertad de los integrantes del Consejo Municipal del OPLE para resolver el asunto en favor de nueva Alianza, ya que el partido Turquesa denunciaba la manipulación de los paquetes electorales para beneficiar al candidato del Partido del Trabajo, violando los principios rectores de la materia electoral, la legalidad, la certeza, así como la independencia.
Los magistrados coincidieron en que no se debe permitir que los integrantes o simpatizantes de un partido político deban condicionar el quehacer de la autoridad electoral mediante el uso de la violencia, intimidación, amenazas o privación de la libertad.
Durante su intervención el magistrado Javier Hernández Hernández, destaco la importancia de las documentales (pruebas) que obran en el expediente, ya que no son pruebas testimoniales o dichos aislados, o una manifestación con un interés parcial sobre el evento “son documentos provenientes de una autoridad en ejercicio de su función, son documentos que por su propia naturaleza, documentos públicos con eficacia probatoria plena”. El magistrado Hernández hizo referencia a las actas circunstanciadas que se levantaron por parte del OPLE municipal, el presidente consejero, una consejera municipal, así como el informe integrado del comisionado del INE en la elección municipal de Uxpanapa, donde se detallaban, los actos de violencia, la privación ilegal de la libertad y las vejaciones en contra de las mujeres que se encontraban en el recinto la madrugada del 5 de junio.
Hernández Hernández también señalo al Consejo General del OPLE en Veracruz, y que tuvo que para resguardar la integridad física de los consejeros electorales municipales de Uxpanapa, revocando uno de sus propios acuerdos, cuando cualquier docto en la materia electoral “sabe que esto no se puede efectuar” comentó. El magistrado en uso de la voz pidió se tomaran en cuenta las condiciones de lejanía y falta de comunicación del municipio de Uxpanapa lo cual impedía tener más elementos probatorios para la resolución del recurso en discusión.
El Magistrado Javier Hernández expuso la importancia de la existencia del ciento por ciento de las actas originales llenadas de puño y letra por los funcionarios “ciudadanos” que integran las mesas directivas de las 40 casillas electorales en el municipio de Uxpanapa y de las que no se puede advertir más resultados que la voluntad de los ciudadanos. El integrante del tribunal destacó el privilegio del derecho de la voluntad de los ciudadanos manifestada durante la jornada electoral que hay en este específico caso.
Por último el Magistrado Hernández Hernández, puntualizó el hecho de que no se puede permitir en ninguna elección, así sea de agentes municipales o municipal que se pretenda destruir la voluntad de más de diez mil ciudadanos que votaron el cuatro de junio, ejerciendo presión, ejerciendo violencia sobre la autoridad electoral.
Al finalizar las ponencias de los magistrados el secretario hizo el conteo de los votos a favor del recurso de inconformidad numero 166 por el municipio de Uxpanapa, contando con la mayoría necesaria para que procediera, dejando como resolución revocar la constancia de mayoría del candidato del partido del trabajo y la orden al OPLE para que en máximo tres días se le dé una nueva constancia de mayoría al Ingeniero Esteban Campechano Rincón como presidente electo por el municipio de Uxpanapa Veracruz.